viernes, 3 de mayo de 2019

IMPUESTOS INTERNOS RECIBE PRIMER COMPROBANTE FISCAL ELECTRICO

SSANTO DOMINGO, RD.- Impuestos Internos recibió el primer Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) emitido por una de las empresas que participan en el piloto, con lo cual marca un hito importante en el desarrollo de esta primera etapa que muestra un camino firme rumbo la implementación de este innovador sistema.

El director general de la institución, Ing. Magín J. Díaz, destacó la trascendencia que tiene este paso en el marco de la implementación del piloto de facturación electrónica.  “Tal y como habíamos señalado en el inicio, los que participan en el piloto son los que van a tener la oportunidad de incidir en la definición el modelo y cómo va a quedar al final”, puntualizó Díaz.

Reiteró que este es uno de los proyectos más importante que Impuestos Internos está implementando con un impacto muy positivo para el país. “Los beneficios de la implementación de los comprobantes electrónicos son, además de facilitar el cumplimiento tributario, reducción de costos transaccionales; ahorro en costos logísticos yde almacenamiento físico de documentos; se eliminan riesgos y costos de pérdidas de documentos; reducción de costos de impresión y adquisición de papel; promueve la eficiencia en sus procesos administrativos y la competencia leal”, explicó el director general de Impuestos Internos.

El primer comprobante electrónico en ser recibido fue de la empresa PHILIP MORRIS DOMINICANA S A que forma parte del piloto.


A principios de abril pasado, Impuestos Internos emitió la Norma 05-19 que, entre otros, crea el Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF),definidocomo “aquel documento electrónico firmado digitalmente que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios, debiendo cumplir siempre con los requisitos establecidos en el Decreto núm. 254-06”.

La norma establece que el e-CF deberá estar firmado con un certificado digital de persona física y cumplirá la misma función que los comprobantes fiscales establecidos. Recalcó que este tipo de comprobante especial solo podrá ser utilizado por los contribuyentes que previamente hayan sido autorizados por la DGII.

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