miércoles, 21 de enero de 2015

EL ESTADO Y SU RESPONSABILIDAD FRENTE AL ENVEJECIENTE




POR: ELVI PAREDES

´´En las sociedades antiguas, alcanzar edades avanzadas significaba un privilegio, una hazaña que no podía lograrse sin la ayuda de los dioses, por tanto, la longevidad equivalía a una recompensa divina dispensada a los justos.´´


En la República Dominicana, el artículo 57 de la Constitución establece que “La familia, la sociedad y el Estado concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia”.

Esa disposición constitucionaliza los derechos de las personas de la tercera edad y refuerza la ley 352-98 Sobre Protección de la Persona Envejeciente. 

Sería importante saber qué está haciendo, o que hace el Consej Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE), en materia de definición de políticas, que contribuyan a la protección de los adultos mayores en la República Dominicana.

De acuerdo con la ley 352-98 sobre Protección de la Persona Envejeciente, el CONAPE  “actuará como organismo oficial en materia de definición y ejecución de políticas nacionales sobre la población envejeciente. Tendrá competencia sobre instituciones públicas y privadas de atención al Envejeciente que tengan reconocimiento legal.”

Este organismo tiene el deber y la obligación de elaborar y avanzar propuestas para la mejora de las políticas en favor de esta población, fiscalizar y supervisar la labor de los centros de atención a los envejecientes y fomentar la difusión de las leyes que tengan que ver con las personas mayores de sesenta y cinco años (65). Cuenta o debe contar  con una línea disponible 24 horas para recibir reclamos.

Señala dicha legislación que  ´´En caso de infracciones o falta contra esos derechos, el  CONAPE podrá imponer sanciones que van desde la amonestación escrita hasta la suspensión de la autorización de funcionamiento o clausura de la institución que cometió la falta. Además,  “deberá interponer una denuncia ante las autoridades correspondientes, cuando tenga conocimiento de la comisión de cualquier delito que lesione los derechos del(a) envejeciente.´´ 

 Pero, la preocupación por la población de adultos mayores o Envejeciente se inicio en el marco del Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento, celebrado en 1982, donde se define la política a seguir para poder encontrar soluciones jurídicas a los temas de mayor interés, tales como seguridad de ingresos y empleo, bienestar, salud, educación y protección de los consumidores ancianos.

Estas medidas trajeron como consecuencia la redacción y aprobación de los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad, mediante la resolución 46/91 del 16 de diciembre de 1991. Tales principios abarcan 5 temáticas esenciales, que son: independencia, participación, cuidados, autorrealización y dignidad

En 2002 se celebró la Segunda Asamblea Mundial sobre Envejecimiento en Madrid y se aprobó un Plan de Acción Internacional para responder a las necesidades de esta población en el siglo XXI. Además, la ONU declaró el día 1 de octubre como el día internacional de las personas mayores mediante la resolución 45/106 del 14 de diciembre de 1990.

Posiblemente usted, querido lector, tiene su abuelo, posiblemente usted, es un adulto mayor, posiblemente usted, (al igual que yo), fue criado por sus abuelos.

Yo fui criado por mis abuelos queridos y adorados, María de los Ángeles Fermín y Luis Paredes Cordero, y me siento muy orgulloso de ello. Para mí, la formación, la educación, los valores aprendidos, son infinitamente invaluables.

Mis abuelos me enseñaron el valor de amar y temer a DIOS ante todo, el valor de la verdad, el valor de la confianza, el valor de la honestidad, el valor de la solidaridad, el valor del respeto a los mayores, el valor del respeto al vecino, el valor del respeto al maestro, el valor de amar y cuidar la naturaleza, el valor de amar y cuidar a los animales, el valor de la responsabilidad, el valor e importancia de la educación, el valor del amor a la PATRAIA, de honrar nuestra BANDERA, nuestro HINNO NACIONAL, nuestro ESCUDO NACIONAL.

Y fue mi abuelo querido y adorado, quien me enseño,…quien me afeito por vez primera.
Es por ello, que constituye para mi, un drama desgarrador, el ver ancianos pidiendo en calles y esquinas, el verlos dormir en el duro piso de una calzada, o del banco de un parque cualquiera.

 ESO NO ES POSIBLE. ESO NO PUEDE SER. ESO NO PUEDE CONTINUAR PASANDO EN LA REPUBLICA DOMINICANA.

Y no puede ser, porque el desarrollo de la economía de la República Dominicana ha avanzado de manera exponencial, al pasar en 1996, de un Producto Interno Bruto de poco más de 21 mil millones de pesos, a más de 600 mil millones al 2014.

No es posible mantener en la miseria, a ciudadanos dominicanos que lo dieron todo por su país. A ciudadanos dominicanos que pagaron sus impuestos, que dieron sus mejores años por el progreso de la República Dominicana.

El Estado Dominicano puede y debe garantizar un hogar, un ingreso estable, medicamentos y disfrute de la cultura y de transporte gratuito, a todo ciudadano dominicano, Envejeciente o adulto mayor.

Cada adulto mayor de 65 años que así lo requiera o necesite, debe tener una tarjeta  otorgada por el Estado Dominicano, que le garantice la exoneración del pasaje en el Metro, y en el sistema público de transporte, así como el ingreso a museos y actividades culturales.

Es lo menos que podemos hacer por aquellos hombres y mujeres que lo dieron todo (y muchos están dispuesto a empuñar las armas para defender la patria), por el engrandecimiento de la República Dominicana.      


Así que manos a la obra, Sr. Gobierno.

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